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12 de marzo de 2026

FELICIDADES SITT , SENTENCIA GANADA


El Constitucional condena a Metro de Sevilla por vulnerar el derecho de huelga y por conductas de esquirolaje en 2018

El Tribunal Constitucional ha condenado a la sociedad Metro de Sevilla a pagar una indemnización de 6.251 euros al comité de empresa por lesionar el derecho fundamental de huelga de 2018 por incumplir los servicios mínimos duplicando la capacidad de los trenes programados para los días del paro laboral. El Constitucional ha emitido esta sentencia en respuesta al recurso de amparo formulado por el Sindicato Independiente de Trabajadores del Transporte (SITT) y del que se ha encargado la abogada Valme Jiménez Hernández.

El Pleno del Tribunal Constitucional, en una sentencia cuyo ponente ha sido el magistrado Ramón Sáez Valcárcel, ha estimado el recurso de amparo formulado por el Sindicato Independiente de Trabajadores del Transporte (SITT), contra la sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, con sede en Sevilla, y ha considerado que la empresa lesionó el derecho fundamental de huelga al incumplir los servicios mínimos duplicando la capacidad de los trenes programados para los días del paro laboral.