1ª -se modifica el punto 4.2 ampliándose el plazo a la finalizacion de entrega de solicitudes en los mismos términos que el CAP.
2ª -se modifica el punto 4.6 se posibilita para quien no tenga la antigüedad en el permiso de conducir y tienen un saldo inicial de 8 puntos puedan presentarse a la convocatoria.Ademas el certificado del saldo de puntos no sera necesario a la entrega de solicitudes a cambio la empresa previa autorización podrá realizar la consulta en la DGT.
3ª se modifica el punto 10.1.1 en lo que afecta al manual de atención e información a los viajeros quedando suprimido el capitulo 1.2 de gestión de la carga/Descarga en el vehículo.
La publicación de las modificaciones en las bases serán publicadas mañana 10/05/2018 dando un nuevo plazo de alegaciones de dos días laborable provocando la ampliación del entrega de solicitudes.